Por faltarle el informe ambiental
El Ayuntamiento recurrirá ante el Supremo y tranquiliza a los vecinos
M. J. MONZÓN. La Provincia.es
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado nulo el acuerdo de la Cotmac de 20 de julio de 2006, que aprobaba del Plan General de Ordenación Urbana de Gáldar, al no haber sido sometido dicho documento a una evaluación de impacto ambiental.
Tanto el alcalde de Gáldar, Teodoro Sosa, como la primera teniente de alcalde, Encarnación Ruiz, han expresado su preocupación por esta sentencia, aunque reconocen que dicha anulación era previsible teniendo en cuenta que la Sala de lo Contencioso había mantenido el mismo criterio en resoluciones anteriores, caso del Plan General de Santa María de Guía.
Sin embargo, aclaran a los vecinos que no deben preocuparse por esta anulación porque la sentencia aún no es firme y dado que la nulidad afecta no a su contenido, sino únicamente a que dicho documento no ha sido sometido a una evaluación de impacto ambiental.
Por ello, los servicios municipales presentarán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, órgano judicial que será el que definitivamente arroje luz sobre esta cuestión, permaneciendo vigente el Plan General durante la tramitación de dicho recurso, según considera el Consistorio galdense.
El recurso de casación se basará a que conforme la legislación vigente y la doctrina establecida al respecto por el Tribunal Supremo, «un plan general de ordenación municipal no debe ser sometido a una evaluación de impacto ambiental, técnica preventiva
El Plan General de Ordenación de Gáldar fue elaborado en el pasado mandato municipal, por el anterior grupo de Gobierno de PP-UnPG.
El desarrollo urbanístico de Gáldar, que entre otras actuaciones contempla el centro comercial cerrado de La Vega, y el realojo de las viviendas afectadas por la ley de Costas, fue objeto de una gran polémica en su fase de tramitación.