Turcón insiste en solicitar a la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento información sobre las gestiones de su alegación a la intención de instalar una embotelladora en Tejeda.
Los ecologistas reclaman ser contestados y recuerdan los plazos legales para que se produzca la acción de dar respuesta al pliego de alegaciones presentado, adelantan que de no producirse se procederá a presentar un escrito de “certificación de actos presuntos” pidiendo que se objetive la respuesta o las causas por la que no se ha producido tal acto administrativo.
El colectivo Turcón se ha dirigido en tiempo y forma, dentro de un proceso reglado de información pública a la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, pidiendo contestación a las alegaciones formuladas al expediente de “solicitud de aprovechamiento de las aguas alumbradas en los nacientes de la Mina y el Molinillo”; dado el interés que desde hace tiempo tiene este grupo por esta cuenca hidrográfica, sus aprovechamientos y las afecciones de los mismos sobre los singulares ecosistemas naturales del lugar.
Siendo costumbre de la Administración suficientemente contractada él no contestar a las mismas, cuando es obligatorio por la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones públicas, que en su artículo 83 expone: “No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada”, siendo a tenor de este razonamiento jurídico por el cual reclamamos cumplida respuesta a los alegatos presentados.
Dado el incumplimiento con esta ley, los ecologistas de Turcón se amparan por ello en la Ley 27/2006 de 18 de Julio, que regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de Medio Ambiente.
Esta ley y su articulado contemplan que el ciudadano y sus representantes que tienen en sus estatutos la lucha medio ambiental puedan exigir la información sobre medio ambiente, y si la administración no la suministrara o demorara, poder acudir a la vía del Contencioso Administrativo, y ser un Juez quien le obligue a la cesión de lo negado, existiendo la posibilidad que la administración pueda ser sancionada por no respetar un derecho adquirido y no materializado.
En este escrito, Turcón Ecologistas en Acción pide a la administración que le conteste a las alegaciones que formuló, de continuar el expediente y de haberlo archivado, comunicarlo.
Nos asiste la preocupación cierta que de llegar a instalarse una Embotelladora en Tejeda alimentada por estos dos nacientes, que en la actualidad nutren de agua al Barranco de La Mina, supondría la ruina ecológica de sus hábitat naturales y por tanto la pérdida de biodiversidad y de valores ambientales, etnográficos y culturales de un entorno privilegiado de la geografía insular de Gran Canaria.
Los ecologistas anuncian que de no recibir respuesta por parte de la administración, procederá a presentar escrito de “certificación de actos presuntos”. Este acto administrativo, significaría un fracaso de la Administración por inactividad y por tanto es la administración de justicia quien en última instancia obligue a que la documentación se nos haga llegar, y de adquirir por tanto responsabilidad de mantenerse en la actitud de negarla, pues el juzgado pide previamente que se designe a la persona de la administración, técnico o político que ha de contestar y responder por el expediente o la información solicitada.