Por la importancia y el interés de este proceso de información pública te aportamos dos modelos de alegación al Parque Aeroportuario de Actividades Económicas de Gran Canaria con la intención de que te decidas por uno de los dos. Puedes bajártelos de los dos enlaces que tienes debajo, rellenarlos y presentarlos antes del 12 de julio de 2009 en el Cabildo de Gran Canaria.
Decide cuál es tu opción entre las dos alegaciones, infórmate y participa. Deja oír tu voz
Alegación tipo PTE Parque Aeroportuario URGENTE.doc
Alegaciones al PTE 44, del Parque Aeroportuario, a la Aprobación Inicial.
A/a: Presidente del Cabildo de Gran Canaria
ALEGACIONES al Documento de Aprobación Inicial del PTE 44 – Parque Aeroportuario de Actividades Económicas de Gran Canaria – publicado en el BOC nº 100, de 27 de mayo de 2009.
D. ______________________________________________ con DNI: _____________ con
Domicilio a los efectos en la calle _________________________________, Nº___,
de__________________y código postal_______, mediante el presente escrito presento Alegaciones al Documento de Aprobación Inicial del Plan Territorial del Parque Aeroportuario de Actividades Económicas de Gran Canaria – PTE 44, publicado en el BOC nº 100, de 27 de mayo de 2009;
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
- El desarrollo del Parque Aeroportuario y la nueva pista del Aeropuerto de Gran Canaria, según su Plan Director actual, suponen expropiación a unos 2.000 ciudadanos de sus viviendas y la destrucción de una amplia superficie de suelo agrícola productivo y potencialmente productivo. A su vez, supone un importante impacto ambiental negativo sobre la gea, la flora, la fauna, el patrimonio histórico, el paisaje y la calidad de vida de toda la costa Este y Sureste de Gran Canaria.
- El desarrollo de este plan territorial PTE 44 cuyo Avance II se tramita paralelamente con el del PTE 9 – Plan Territorial Especial Agropecuario, en el que buena parte del suelo a ocupar por el PTE 44, se califica como de Aptitud Agraria Intensiva, de alto valor productivo. Suelo y valor productivo que quedaría destruido de desarrollarse el PTE 44.
- La ubicación del Parque Aeroportuario depende de la ampliación del Aeropuerto de Gran Canaria con una nueva pista. A su vez el Plan Director del Aeropuerto de Gran Canaria, en su revisión después de 8 años de su aprobación, presumiblemente no contemplará el desarrollo de este nuevo campo de vuelos ni en el corto ni en el medio plazo, ya que la evolución del tráfico de pasajeros y mercancías está claramente estancada y/o a la baja. Si aún así se desarrollase el nuevo campo de vuelo el impacto ambiental y social sobre las poblaciones afectadas por la huella sonora sería insoportable y podría llegar perjudicar a más de 20.000 personas.
- El desarrollo del Parque Aeroportuario está vinculado, también, al traslado de la GC-1 a través de la denominada Variante Aeroportuaria, determinación del PIO de Gran Canaria que ha sido anulada por los tribunales de justicia.
- Desde el punto de vista del desarrollo económico, el parque empresarial propuesto: Reitera las actividades económicas que ya existen en la Isla, sin introducir ninguna actividad que diversifique la base de la economía. No cumple con el principio de ser complementario con lo existente, sino que claramente se plantea la competencia con áreas económicas ya existente en la Isla, a las que pretende restar agentes económicos. Reincide en la filosofía desarrollista de que cualquier revitalización de la economía de Gran Canaria pasa por la urbanización de nuevo territorio para dejar en desuso los ya urbanizados, contradiciendo lo definido en las leyes y normas de ordenación del territorio.
- No está justificado una nueva área industrial para el desarrollo de actividades económicas en Gran Canaria, máxime cuando las que están consolidadas tienen aún espacio y superficie para acoger a nuevas industrias en un radio muy cercano al Aeropuerto (Arinaga con un 40% libre de ocupación, El Goro-Salinetas, etc.).
- El Parque Aeroportuario plantea nueva oferta alojativa que, dada la oferta de estas actividades en la ciudad capital, sur –turístico y Vecindario, lo único que haría sería entrar en competencia con las zonas ya existentes sin crear valor añadido. Igualmente ocurre con los parques comerciales propuestos.
- En conclusión, tanto en el caso de actividades genéricas que dan definición a las zonas (hotelera, comercial, …) como de las mencionadas actividades concretas citadas (servicios de paquetería y mensajería privados; centros de servicios de compañías aéreas; o centrales de televenta), son actividades que ya existen en la Isla, que se encuentran plenamente desarrolladas en estos momentos, e incluso que están en recesión como hemos podido comprobar en el último año.
- Está claro que el único sentido económico de este planeamiento se encuentra en el negocio inmobiliario que traería su desarrollo, porque desde el punto de visto de una economía sostenible, y sostenida, no hay quien lo justifique, ni siquiera los redactores del Documento que proponen sin argumentar.
- El desarrollo actual del PTE 44, reincide en la filosofía desarrollista de que cualquier revitalización de la economía de Gran Canaria pasa por la urbanización de nuevo territorio para dejar en desuso los ya urbanizados, contradiciendo lo definido en las leyes y normas de ordenación del territorio. Claramente se opta por crear espacios urbanos nuevos, en vez de reestructurar y renovar los espacios ya existentes, optimizando dichos espacios ya urbanizados en la Isla. Y en el caso de los que están en el entorno del Aeropuerto, mejorando la conexión entre ellos, con viales directos que suponen un consumo inferior de suelo a lo que supone el desarrollo de un parque nuevo. Conexiones directas que en la mayor parte de sus trazados se pueden realizar por territorios ya urbanizados, con una mejor estructuración de las infraestructuras ya existentes.
- Es por ello que no se demuestra el interés general de las cuestiones económicas planteadas en el Documento de Aprobación Inicial que justifiquen el desarrollo de un Plan y que va a afectar a miles de propiedades.
Por no responder, ni estar coordinado, el Documento de Aprobación Inicial al desarrollo de las infraestructuras prevalentes, ni responder a las necesidades económicas reales de Gran Canaria SOLICITO:
- Que tome en consideración esta alegación y la acepte como parte del expediente administrativo, declarándome interesado en el procedimiento de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y consecuentemente, se me vista de lo actuado y se me comunique las resoluciones que en lo sucesivo se produzcan.
- Se anule y archive el Documento de Aprobación Inicial del PTE 44.
- Se suspenda la tramitación del PTE 44, hasta que no quede claro el real desarrollo y configuración de las infraestructuras prevalentes, Aeropuerto de Gran Canaria y autopista GC 1. Así como de las verdaderas necesidades económicas de Gran Canaria.
En Gran Canaria a 15 de junio de 2009.
Firma: