TURCON-ECOLOGISTAS EN ACCIÓN MANIFIESTA SUS OBJECIONES AL SENDERO DE LAS DUNAS DE MASPALOMAS

La Demarcación de Costas, en cumplimiento del procedimiento reglado, está tramitando las consultas del estudio de impacto ambiental del proyecto de Sendero de las Dunas de Maspalomas, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, y en virtud de la legislación sectorial y del carácter ambiental, desde este Colectivo venimos a ser parte interesada y activa en esta fase del procedimiento.
Turcón, como consideración general, pone en conocimiento de la Demarcación de Costas que el proyecto carece de una “VISIÓN GLOBAL CON RESPECTO AL CAMPO DE DUNAS DE MASPALOMAS”. La prioridad en la realización del proyecto es evitar el tránsito de personas por el interior de este valioso espacio natural que, como bien se recoge en el estudio, es de suma fragilidad y además venimos a añadir de un interés sin parangón dentro de los ecosistemas insulares. Sin embargo, de los múltiples accesos por los cuales se puede acceder al campo dunar, solamente se evitaría el que se produce en el Mirador de las Dunas. Este trabajo no especifica numéricamente los visitantes que se internan en la reserva por dicho acceso y su porcentaje con respecto al total de personas que acceden al espacio. Es evidente que se trata de uno de los puntos de mayor impacto ante la posibilidad de acceso a la reserva ya que los transeúntes atravesarían la parte central del espacio protegido con los daños que pueden producir en el entorno. De igual manera, el documento no hace un estudio pormenorizado de todos y cada uno de los accesos, cuantificando el número de individuos que acceden por los mismos, su frecuencia de uso y, sobre todo, las afecciones que se producen en cada uno de estos puntos, y las medidas correctoras que se introducen para mejorar la situación con esta actuación propuesta.
Insiste Turcón “que el actual proyecto termina ante el barranco de Maspalomas, enlazando con la Avenida Touroperador Neckermann. En su momento, el Colectivo Turcón – Ecologistas en Acción solicitó la posibilidad de que la terminación del sendero fuera después del barranco, es decir, que se prolongara a la otra orilla, ya que de esta manera conectaría con el paseo que desciende por la vertiente al Oeste de la Charca, evitando de esta forma la posible intrusión de visitantes en la zona de exclusión”.
Turcón denuncia que el sendero-mirador se introduce en el Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) en especial en el tramo SM-1. El apartado 2 del artículo 32 de la Ley de Costas establece que “únicamente se podrá permitir la ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre para aquellas actividades que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación”. No es justificable que el sendero sea de una naturaleza tal que no pueda tener otro trazado sin ocupar el DPMT, cuando existe una franja colchón entre el trazado propuesto y el borde del suelo urbano clasificado en buena parte de este tramo. No se aporta ningún análisis, información ni diagnóstico de los terrenos de Playa del Inglés no clasificados como urbanos que están en el borde de la Reserva y fuera de la zona de DPMT, ni se analiza expresamente dicho borde urbano, lo que se consideran carencias importantes del proyecto.
Para cumplir la Ley de Costas, el sendero debe ser trasladado en el tramo SM-1 y comienzo del SM-2 al borde mismo del DPMT por fuera del mismo y entre éste y el suelo urbano clasificado, e incluso recuperando las eventuales zonas de servidumbre de tránsito que pudiesen estar ocupadas.
Finamente, los ecologistas de Turcón, aseveran que el sendero mirador se introduce en la zona de uso restringido del Plan Director de la Reserva Natural Especial de las Dunas de Maspalomas, así como el estudio de impacto no contempla un estudio de alternativas de trazado en el tramo SM-1, observando errores importantes en la evaluación de los impactos ambientales del proyecto, que no han sido valorados en la justa medida que un espacio natural tan singular requiere de los redactores de dicho proyecto.